Fecha de Publicación: 24/06/2024
Página: 207
Carilla: 207

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DÉCIMO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 10° Turno, dictada en autos: "EDIFICIO PANAMERICANO c/ URQUIZA, FEDERICO y otros - EJECUCION DE HIPOTECA" IUE 2-40920/2017, se hace saber que el próximo 7 de Agosto a las 14 y 30 horas en el local de la calle Rincón 408, por intermedio de los Martilleros DANTE y/o GUSTAVO Matriculas Nos 6970 y 1716, RUT 211808550010, presididos del Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor del siguiente bien inmueble: Unidad de propiedad horizontal N° 1205, empadronada individualmente con el N° 35.285/1205, la que según plano de fraccionamiento del Agrim. Hipólito Zas Recarey de noviembre de 1963, inscripto en la Dirección General de Catastro con el N° 57.342 el 13/7/1967, se ubica en el 12° piso, a cota vertical más 42 m 45 cm y tiene una superficie de 129 m 51 dm. La unidad relacionada forma parte del edificio construido de acuerdo a la ley 10.751, el que según plano de mensura del Agrim. Hipólito Zas Recarey de junio de 1962, inscripto en la Dirección General de Catastro el 4/9/1962 con el N° 44.214, se compone de una superficie de 12.397 m 41 dm y se deslinda: dos tramos curvos al SE de 129 m 57 cm y al S de 25 m 13 cm de desarrollo frente a Rambla. República de Chile; 60 m al SO lindando con los padrones 123.884, 31.309 y 31.308; 55 m 95 cm al O de frent a Av. Larrañaga ( hoy Luis A. de Herrera) y cuatro tramos rectos al N de 13 m 78 cm, 7 m 44 cm de frente a la calle Echeverriarza y de 51 m 35 cm y 91 m 70 cm lindando con fracción del mismo plano. SE PREVIENE: 1°) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña, el 30% de su oferta así como la comisión del rematador más IVA, cumpliendo con lo establecido en la Leyes 19.210, 19.478 y 19889, modificativas, concordantes y decretos reglamentarios. 2°) Que será de cargo del mejor postor los gastos de escrituración. 3°) Que será de cargo del demandado la comisión de venta del Rematador más I.V.A -o sea- el 1,22 % del precio de remate. 4°) Que existe deuda por contribución inmobiliaria, tasa general, instalaciones mecánicas y eléctricas por una de las cuentas según información de certificado de gravámenes expedido por la IMM el 29/9/2022 y respecto de impuesto de enseñaza, que no es posible saber la deuda, ya que el padrón se encuentra en gestión de cobro según se informa en la consulta de deuda en la web de DGI. 5°) Se desconoce la existencia de deudas por construcciones ante BPS y la IM de Montevideo, y situación ocupacional del bien. 6°) Una vez escriturado se reintegrará al mejor postor los conceptos abonados por IRPF e ITP (en caso de corresponder). 7°) Que el mejor postor deberá consignar la seña al momento de bajarse el martillo, con los medios de pago autorizados por las Leyes 19.210, 19.478 y 19.889, modificativas, concordantes y decretos reglamentarios. Asimismo deberá depositar el saldo de precio a la orden de la Sede y bajo el rubro de autos en un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente a la notificación de la providencia aprobatoria del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por semana de turismo. 8°) Que el inmueble se remata en las condiciones que surgen del expediente y la documentación presentada que se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria, Pasaje de los Derechos Humanos 1309, piso 3.- 9°) Se tuvo a la vista los certificados registrales ampliados al 18 de junio de 2024.- Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. 
 
Montevideo, 20 de junio de 2024.
MARÍA GABRIELLA CARBONE GUERRA, Actuario Adjunto.
                            Única Publicación
 20) $ 8604 1/p 15497 Jun 24- Jun 24
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