Fecha de Publicación: 16/07/2024
Página: 101
Carilla: 101

REMATES
PODER JUDICIAL
TREINTA Y TRES
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
TERCER TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Treinta y Tres de 3° Turno, dictada en autos: "SENA MONTES DE OCA, EUGENIO RAMON C/ MACHADO, JOSE Y OTRO EJECUCION DE SENTENCIA" IUE 449-768/2017, se hace saber que el día 30 de Julio del 2024 a las 14 horas en puertas del Juzgado Letrado de Treinta y Tres, el martillero Nicolás Daleira, matricula 5390, sacara a la venta en pública subasta sin base y al mejor postor en dólares americanos, asistido por el señor Aguacil, el siguientes bien que se describen así : Solar de terreno con construcciones empadronado con el numero MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y UNO ( 1481) de la localidad Catastral Treinta y Tres, Departamento de Treinta y Tres, zona urbana, manzana catastral 135, lo que segun plano del Agrimensor Ramon Maria Cabrera, de fecha 27 de Julio de 1979, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Treinta y Tres con el numero 5072, el 31 de Julio de 1979, consta de una superficie de QUINIENTOS CINCO METROS STENTA Y UN DECIMETRO ( 505 Mc 71 Dc) y se deslinda: 18,73 metros al NORESTE frente a la calle Simon de Pino, 27 metros al SURESTE frente a calle Rincon, y también por ser esquina, 18,73 metros al SUROESTE lindando con parte del padrón 1482, 27 metros al NOROESTE lindando con padrón 1480.- SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar el 50 % de la oferta, así como la comisión del rematador mas impuestos, ( 3,66 %) . Dicho pago deberá realizarse en el acto, y si el precio de lo rematado superase las 1.000.000UI ( unidades indexadas un millón) se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una identidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por la ley 19889. 2) Que serán de cargo del comprador gastos de escrituración y los impuestos que la ley pone a su cargo, salvo aquellos que graven a los enajenantes. 3) Se desconoce si existen deuda por contribución inmobiliaria y se desconoce si existe deuda por impuesto a primaria, los que por ser necesarios para su escrituración se podrán imputar al precio. 4) Se desconoce su estado ocupacional y material, y su situación frente al BPS y OSE. 6) El bien se Remata en las condiciones en que se encuentran actualmente, que surgen del expediente, de los certificados registrales agregados y de los títulos y la documentación que están en la sede a disposición de los interesados. 8) Que el plazo para consignar el saldo de precio será de 20 días corridos los cuales no se interrumpen por ferias judiciales ni semana de turismo, contados a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate. Escribana Julia Irabedra Siqueira Actuaria Adjunta. 
 
Treinta y Tres, 25 de junio de 2024.
JULIA EDELMA IRABEDRA SIQUEIRA, Actuario Adjunto.
                            Única Publicación
 20) $ 6317 1/p 16323 Jul 16- Jul 16
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