Fecha de Publicación: 25/07/2024
Página: 213
Carilla: 213

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
TERCER TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 3° Turno, dictada en autos: "HUGO SONDEREGGER, CRISTINA c/ DE LOS SANTOS RABAZZA, NESTOR - EJECUCIÓN DE HIPOTECA-" IUE 2-43602/2019, se hace saber que el próximo 8 de agosto de 2024 a las 14.00 horas, en Puertas del Juzgado Letrado de Carmelo, calle 19 de Abril N ° 514, Carmelo departamento de Colonia, se procederá por intermedio del martillero Aníbal Banchero, Mat. 5565, matricula 3648 Rut. 040266030016, en diligencia presidida por el Alguacil de la Sede, a la venta en subasta pública, sin base, al mejor postor del siguiente bien inmueble: Padrón número 7.340, ubicado en localidad catastral de Carmelo, zona urbana de la sexta sección judicial del departamento de Colonia, antes en mayor área 4449, señalado como fracción 1, en el plano del Agr. Ignacio Alvariza, inscripto en el DNC, Oficina Delegada Colonia, con el número 12.284, el 18/11/2008, según el cual tiene una superficie de 300 mts 60 dms, y se deslinda así: Al Noroeste 21 mts 67 cmts frente a la calle Paseo De Los Argentinos; Al Noreste 13 mts 80 cmts linda con parte del padrón 4450; Al Sureste 21 mts 73 cmts linda con parte del padrón 4477; y al Suroeste 13 mts 90 cmts linda con solar 2 del mismo plano. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar la seña del 30% de su oferta en el acto de serle aceptada la misma por concepto de seña, con los medios de pago autorizados por la ley 19210, modificativas y Ley 19.889. Asimismo deberá depositar el saldo de precio a la orden de la Sede y bajo el rubro de autos en plazo de 20 días corridos, contados a partir del siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por la Feria Judicial ni por Semana de Turismo. 2) Sera de cargo del adquirente, los gastos de escritura, impuestos y demás que la ley pone a su cargo, así como la comisión del martillero 3% más iva. 3) Sera de cargo del expediente el 1% más iva por concepto de comisión sobre ventas. 4) Se desconoce situación ocupacional y contributiva actual del inmueble, especialmente en cuanto refiere a las construcciones, si las hubiere. 5) Únicamente podrá descontarse del saldo de precio lo que se adeudare por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria, en ambos casos los importes devengados hasta la fecha del remate siendo los posteriores a cargo del mejor postor . 6) Una vez escriturado se reintegrará al mejor postor los conceptos abonados por IRPF e ITP (en caso de corresponder). 7) Se deberá tener en cuenta lo dispuesto por la LUC. 8) El bien se remata en las condiciones que surgen del expediente, la documentación agregada y teniendo a la vista los certificados del Registro de la Propiedad Inmobiliaria y del Registro Nacional de Actos Personales.10) Toda la documentación relativa a este juicio, se encuentra de manifiesto en la Oficina Actuaria del Juzgado, sito en Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos 1309, de la ciudad de Montevideo a disposición de los interesados. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. 
 
Montevideo, 22 de julio de 2024.
PABLO GERARDO CARABALLO LEMAS, Actuario.
                            Única Publicación
 20) $ 7181 1/p 17810 Jul 25- Jul 25
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