Aviso de Remate N° 26748/024
Fecha de Publicación: 08/10/2024
Página: 117
Carilla: 117
REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO DE PAZ DEPARTAMENTAL DE LA CAPITAL
VIGESIMOCUARTO TURNO
EDICTO
Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental Capital de 24° Turno, dictada en autos: "OSMO, JAIME c/ GONZALEZ TEJERA, LOURDES - EJECUCIÓN DE HIPOTECA" IUE 2-32136/2019, se hace saber que el próximo 17 de Octubre a partir de las 15:30 horas en el local de la calle URUGUAY 826, por intermedio del Rematador PABLO BARRIENTOS Matrícula N° 5445 RUT 110206470014 y asistido por la Sra. Alguacil del Juzgado se procederá a la venta en remate, sin base, en moneda nacional y al mejor postor, de LAS MITADES INDIVISAS de los siguientes bienes inmuebles a saber: -LOTE 1: Solar con construcciones y mejoras empadronado con el número SETENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO (79651), de la localidad catastral y departamento de Montevideo, el que según plano del Agrimensor Carlos A. Crespi Ramos, de abril de 1979, inscripto en Catastro con el número 88.548 el 17 de abril de 1979, consta de una superficie de seiscientos sesenta y ocho metros cuadrados ochenta decímetros cuadrados, y se deslinda así: 10,45 metros de frente al Suroeste a calle Chapicuy, entre las calles Galvani y Niágara, puerta señalada con el número 3880; 64 metros al Noroeste lindando con padrón número 79.652; 10,45 metros al Noreste lindando con parte de los padrones número 79.643 y 79.644; y 64 metros al Sureste lindando con padrón número 79.650. -LOTE 2: Solar con construcciones y mejoras empadronado con el número SETENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS (79.652), de la localidad catastral y departamento de Montevideo, señalado como solar número 19, de la manzana "B". en el plano del Agrimensor Francisco R. Camarano, de 26 de mayo de 1948 inscripto en Catastro, el 27 de mayo de 1948 con el número 19358, siendo copia parcial del plano, siendo el plano original del Agrimensor Juan Mier del 2 de mayo de 1913 según el cual consta de una superficie de seiscientos sesenta y ocho metros cuadrados ochenta decímetros cuadrados, y se deslinda así: 10,45 metros de frente al Suroeste a calle Chapicui entre las calles Galvani y Niágara, puerta número 3882; 64 metros al Noroeste lindando con los padrones 79653, 79657, 79658, 79659 y 79660; 10,45 metros al Noreste lindando con el padrón 79643; y 64 metros al Sureste lindando con padrón 79651. -LOTE 3: Solar con construcciones y mejoras empadronado con el número CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO (198.458), señalado como solar número 89 de la manzana "C", en el plano del Agrimensor Roberto Trucco, inscripto en Catastro, el 30 de setiembre de 1958, con el número 36552, según el cual consta de una superficie de quinientos metros cuadrados cincuenta decímetros cuadrados, y se deslinda así: 13 metros de frente al Suroeste a calle Número 6 (hoy Joao Guimaraes Rosa); 38,50 metros al Noroeste con solar 90 (hoy padrón N° 198.459); al Noreste 13 metros con solar 64 (hoy padrón N° 198.440); al Sureste 38,50 metros con solar 88 (hoy padrón N° 198.457), todos del mismo plano. SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30% del precio ofertado en concepto de seña, y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador o sea el 3,66%, más demás impuestos y gastos que por ley le corresponden. 2) Que serán de cargo del expediente la comisión de ventas o sea el 1,22% del precio de remate 3) Que serán de cargo del comprador los gastos y honorarios de la escritura y los impuestos que la ley pone a su cargo. 4) Existe deuda por Tarifa de Saneamiento, Tasa General Municipal y Contribución Inmobiliaria, así como de Impuesto de Enseñanza Primaria. Se desconoce existencia de otras deudas nacionales y/o departamentales que afecten el bien Inmueble, la situación ocupacional y su estado de conservación. 5) El remate se trata de mitades indivisas, por tanto, el mejor postor está expuesto al resultado de la partición (art. 1151 del CC) como surge informado en el expediente. Existen embargos y/o prenda que afectarían las mitades indivisas no rematadas. 6) Solo se admitirá imputar al precio del remate los tributos necesarios para escrituración (Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Primaria, I.T.P. vendedor e I.R.P.F. vendedor -si correspondiere), y para el caso de que superaran el precio de la almoneda, la diferencia será de cargo del mejor postor. 7) El plazo para consignar el saldo de precio será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. 8) Que el mejor postor deberá saber y tener conocimiento del deber de colaboración a la información requerida por el rematador (ley 18.494 y decreto reglamentario 355/2010), pudiendo ser responsable de los daños y perjuicios que hubiere causado su falta de colaboración. 9) El bien padrón 198.458 está afectado por derecho de uso y habitación a favor de la demandada. 10) El estudio de títulos se realizó en base a títulos y testimonios notariales por exhibición agregados en autos y en sobre, los que se encuentran a disposición en la Sede. 11) Se remata en las condiciones jurídicas y materiales que surgen del expediente, certificados (ampliaciones a fecha 17/09/24) y documentación presentada, que se encuentran a disposición de los interesados en la OFGECEN sita en 25 de mayo 500 de Montevideo, debiéndose tener presente lo dispuesto en el Art. 390 inc. final del CGP. Y a los efectos legales se hace ésta publicación.
Montevideo, 07 de octubre de 2024.
WALTER ISMAEL RUIZ ALVAREZ, Actuario Adjunto.
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20) $ 12247 1/p 26748 Oct 08- Oct 08
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