Fecha de Publicación: 14/10/2024
Página: 253
Carilla: 253

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
QUINTO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 5° Turno, dictada en autos: "HSBC BANK URUGUAY S.A. c/ AVERO FERRARI, RAMIRO - EJECUCIÓN HIPOTECARIA" IUE 2-39724/2023, Se hace saber que el próximo 20 de noviembre a la hora 15, en Galicia 1069 el martillero Santiago Castells, Mat. 6350, RUT 212502750010, en diligencia presidida por la Señora Alguacil de la Sede, procederá a la venta en pública subasta, en dólares americanos, sin base, al mejor postor de los siguientes bienes inmuebles: DOS UNIDADES DE PROPIEDAD HORIZONTAL de la ley 10.751 que forman parte del Edificio ubicado en la localidad catastral Punta del Este, Departamento de Maldonado, zona urbana, padrón matriz MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS, el que según plano de mensura y fraccionamiento horizontal del Agrimensor Augusto Nogueira Eizmendi de agosto de 1979, inscripto en la Dirección General de Catastro de Maldonado con el numero 14 el 21 de enero de 1980, tiene una superficie de mil quinientos veintiocho metros cuadrados con veinticinco decímetros (1528 m.25dm), con 30 metros 35 centímetros de frente al Noroeste a la calle número 24 "El Mesana" y 43 metros 65 centímetros al Suroeste de frente a la calle número 27 "Los Muergos", uniendo ambos frentes ochava recta de 3 metros 83 centímetros. Las Unidades de propiedad horizontal se identifican individualmente: a) departamento ciento siete, padrón individual número MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS BARRA CIENTO SIETE (1.382/107) y de acuerdo al referido plano se ubica en planta primer piso, a cota vertical más 3 metros 50 centímetros, tiene una superficie de cincuenta y nueve metros cuadrados con ochenta y seis decímetros cuadrados (59 metros 86 decímetros) y le corresponde el uso exclusivo de la Terraza L1 y L" 1; y b) COCHERA SS 114, empadronada individualmente con el numero MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS BARRA SS CIENTO CATORCE (1.382/SS/114) la que de acuerdo al referido plano se ubica en planta sub suelo, a cota menos dos diez centímetros, tiene una superficie de doce metros cuadrados con diez decímetros cuadrados (12m.10dm). SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada, en carácter de seña así como los gastos, comisión del Rematador del 3% más Iva. Dicho pago deberá realizarse en el acto, y si el precio total de lo rematado superare las U.I. 1.000.000, se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con la normativa vigente (Ley N° 19.889 modificativas, concordantes y decretos reglamentarios ). 2) Que será de cargo del expediente, el pago del impuesto departamental de las Leyes 12.700 y 16.694 del 1% del precio, así como la comisión de venta más el IVA del 1,22% del precio. 3) Sólo son imputables al precio los tributos necesarios para la escrituración: deuda de Contribución Inmobiliaria y Primaria generados hasta la fecha del remate, I.T.P. correspondiente al ejecutado e I.R.P.F. si correspondiere, se reintegrarán luego de otorgada la respectiva escritura.4) El saldo de precio se deberá depositar en la cuenta abierta bajo el rubro de autos y a la orden de la Sede en el plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo de conformidad con lo dispuesto por el literal F del art. 387.2 del CGP en la redacción dada por la Ley 19090. 5) Se desconoce la existencia de deudas nacionales y/o departamentales que afecten el bien inmueble, situación ocupacional y su estado de conservación, regularidad de las construcciones art 71 ley 18308. 6) Se remata en las condiciones jurídicas y materiales que surgen del expediente, certificados y documentación presentada que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Jdo. Sito en Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos N° 1309 de Montevideo, debiéndose tener presente el art. 390 inc. Final del C.G.P. y lo dispuesto por Ley 19.574 Lavado de Activos en lo correspondiente. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones, dejándose constancia que se libra el presente conforme certificados del Registro de la Propiedad Inmobiliaria Maldonado, Prenda sin desplazamiento y Registro Nacional de Actos Personales, ampliados al tres de octubre de 2024.- 
 
Montevideo, 09 de octubre de 2024.
ALEXANDRA SABRINA MACHADO RUSU, Actuario Adjunto.
                            Única Publicación
 20) $ 9694 1/p 27379 Oct 14- Oct 14
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