Fecha de Publicación: 17/10/2024
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REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DECIMOSÉPTIMO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 17° Turno, dictada en autos: "OSMO BREINOFSJIS, JAIME c/ FONSALIA BARBEYTO, LAURA - CESACION DE CONDOMINIO DE ORIGEN CONTRACTUAL (ARTICULO 370 CGP) CESACION DE CONDOMINIO DE ORIGEN CONTRACTUAL(ARTICULO 370CGP)" IUE 2-22135/2014, se hace saber que el próximo 20 DE NOVIEMBRE a partir de las 13:30 horas en el local de la calle URUGUAY 826, por intermedio del Rematador PABLO BARRIENTOS Matrícula N° 5445 RUT 110206470014 y asistido por la Sra. Alguacil del Juzgado se procederá a la venta en remate, sin base, en moneda nacional y al mejor postor, el siguiente bien inmueble, correspondiente al departamento de Canelones, localidad catastral CIUDAD DE LA COSTA, (antes 7ma sección judicial) y ex balneario Solymar, empadronado con el numero TRECE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO (13.478) .(antes en mayor área con el numero 21.584) el que según plano de mensura del Agrimensor Carlos Hughes de marzo de 1956, aprobado por la Junta Local Autónoma de Pando el 31 de octubre de 1957 e inscripto en la Dirección General de Catastro el 8 de noviembre del mismo año con el número 9.831, se señala como el solar 21 de la manzana 223 y se compone de una superficie de SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO metros VEINTITRES decímetros (675 m ,23 dm) y según el citado plano se deslinda así:15 metros de frente al NOROESTE a la calle 67. distando su punto medio 31,61 metros del inicio de la ochava formada con la calle 70, al NORESTE 45.01 metros linda con parte del solares 2,1 y parte del 3, 15 metros al SURESTE limita con el solar 6 y al SUROESTE 45.01 metros linda con el solar 20, todos del mismo plano.SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30% del precio ofertado en concepto de seña, y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador o sea el 3,66%, más demás impuestos y gastos que por ley le corresponden.- 2) Que serán de cargo del expediente la comisión de ventas o sea el 1,22% del precio de remate y el1% del Impuesto Municipal.-3) Que serán de cargo del comprador los gastos y honorarios de la escritura y los impuestos que la ley pone a su cargo.- 4) Que se desconoce el actual estado de ocupación.- 5) Se desconoce la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que hubiera en ella, siendo de cargo del mejor postor las deudas que el BPS reclamara su pago por construcciones.- 6) Sólo son imputables al precio los tributos necesarios para la escrituración (Contribución Inmobiliaria y Primaria),pudiéndose imputar al mismo la deuda generada por tal concepto hasta la fecha de traslación de dominio , no pudiéndose incluir en tales conceptos honorarios de los abogados de las administraciones involucradas cuando existiera juicio tendiente a recuperar os tributos adeudados .- 7) Para el caso que el mejor postor sea diferente al al actor de autos, será de cargo del expediente la devolución de lo que se abone por conceptos de I.T.P e I.R.P.F. si correspondiere - 8) El plazo para consignar el saldo de precio será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo.- 9) Que el mejor postor deberá saber y tener conocimiento del deber de colaboración a la información requerida por el rematador (ley 18.494 y decreto reglamentario 355/2010), pudiendo ser responsable de los daños y perjuicios que hubiere causado su falta de colaboración.- 10) En la Sede se encuentran depositada los antecedentes dominiales originales del bien cuya ejecución se pretende, por lo que el remate del mismo se efectuara en las condiciones que resultan del expediente y testimonios de la titulación y certificados registrales presentados oportunamente por el ejecutante en autos los que podrán ser examinados en esta sede, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 Y a los efectos legales se hace ésta publicación. 
 
Montevideo, 14 de octubre de 2024.
MARTÍN LUIS MOLLER CAL, Actuario Adjunto.
                            Única Publicación
 20) $ 9016 1/p 27813 Oct 17- Oct 17
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