Fecha de Publicación: 31/10/2024
Página: 157
Carilla: 157

REMATES
PODER JUDICIAL
CERRO LARGO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
CUARTO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Cerro Largo de 4° Turno, dictada en autos: "FERRARO LAGOS, JUAN MIGUEL Y OTROS C/ SARAVIA RODRIGUEZ, HECTOR DANIEL VIA DE APREMIO" IUE 208-475/2018, Se hace saber que el día 28 de Noviembre de 2024 a las 15 horas en puertas del escritorio del Rematador sito en calle 18 de Julio 860 de la ciudad de Melo, se procederá a la venta en pública subasta por intermedio del martillero Heber Daniel Fernández Marchi, matricula 5039, RUT 030104990017, precedido por la Sra. Aguacil de la Sede, sin base y al mejor postor en dólares americanos, la 1/5 parte indiviso de los inmuebles rurales, ubicados todos en la Octava Sección Catastral de Cerro Largo: A) FRACCION DE CAMPO, PADRON 527, que según plano de Mensura y Fraccionamiento del Ingeniero Agrimensor Pablo T. de Souza, de Octubre de 1965, inscripto en Dirección General de Catastro, con el número 733, el quince de Marzo de mil novecientos sesenta y seis, según el cual se señala como la fracción número 3 y tiene un área de noventa y siete hectáreas, dos mil doscientos ochenta y un metros cuadrados (97,2281 Has.) y se deslinda así: al Noreste, trescientos noventa metros con cuarenta centímetros de frente a Camino Vecinal; al Sureste, mil ciento treinta metros, lindando con la fracción número 5 (hoy padrón 5241); al Sur, seiscientos noventa y dos metros con dos centímetros, lindando con parte de la fracción 44 (hoy padrón 5239); al Oeste, con Arroyo de las Tarariras. Los siguientes Padrones rurales, Paraje Laguna del Junco, pertenecen al plano de Mensura y Fraccionamiento del Ingeniero Agrimensor Oscar Rivero Colman, de Diciembre de 2015, inscripto en la Dirección General de Catastro, Oficina Delegada de Cerro Largo con el número 13.297, el 25 de Febrero de 2016. B) FRACCION DE CAMPO, PADRON 3.949, antes padrón 5866 y 3949 en mayor área, se señala en el plano como fracción número 1 y tiene un área de setenta y ocho hectáreas, setecientos cuarenta y cinco metros cuadrados (78,0745 Has.) y se deslinda así: al Noroeste, línea quebrada formada por dos tramos de recta que miden seiscientos once metros con diez centímetros y doscientos cuarenta y dos metros con setenta centímetros respectivamente, y corren de suroeste a noreste, ambas con frente a Camino Vecinal; al Noreste, mil setenta y siete metros con diez centímetros, lindando con los padrones 15.599 y 12.687: al Sureste, mil ciento trece metros con ochenta y dos centímetros, lindando con parte de la fracción número 2, (hoy padrón 17344) y con parte del padrón 12.329; al suroeste, setecientos setenta y ocho metros con cuarenta centímetros, lindando con el padrón 5.239. C) FRACCION DE CAMPO, PADRON 17.344, antes padrón 5866 y 3949 en mayor área, según el cual se señala en el plano como fracción número 2 y tiene un área de cincuenta hectáreas, cinco mil doscientos sesenta y tres metros cuadrados (50,5263 Has.) y se deslinda así: al Sureste, línea quebrada formada por cinco tramos de recta que miden 389,50 metros, 745,24 metros, 168,20 metros, 105,90 metros y 237,40 metros respectivamente, y corren de noreste a suroeste, las rectas 1,2,3 y 5 y de norte a sur la 4, todas con frente a Camino Vecinal; al Suroeste, seiscientos noventa y siete metros con cuarenta centímetros, lindando con el padrón 12.329; al Noroeste, mil trescientos noventa y cinco metros con noventa centímetros, lindando con parte de la fracción número 1 ( hoy padrón 3.949) y con el padrón 12.687; al Noreste, ciento setenta y un metros, lindando con el padrón 15.900. D) FRACCION DE CAMPO, PADRON 17.345, antes padrón 5866 y 3949 en mayor área, señalada en el plano como fracción número 3 y tiene un área de ciento cuarenta y dos hectáreas, seis mil ciento cincuenta y cuatro metros cuadrados (142,6154 Has.) y se deslinda así: al Noroeste, línea quebrada formada por cinco tramos de recta que miden 237,40 metros, 105,90 metros, 168,20 metros, 745,24 metros y 389,50 metros y corren de Suroeste a Noreste, las rectas 1,3,4 y 5 y de Sur a Norte la 2, todas con frente a Camino Vecinal; al Noreste, mil doscientos cincuenta y dos metros con cuarenta centímetros, lindando con parte del padrón 15.900, con el padron15.899 y con parte del padrón 10.873; al Sureste, mil trescientos noventa y cuatro metros con diez centímetros, lindando con la fracción número 4 (hoy padrón 17.346); al suroeste, seiscientos sesenta metros con setenta centímetros, lindando con el padrón 528. E) FRACCION DE CAMPO, PADRON 17346, antes padrón 5866 y 3949 en mayor área, señalada en el plano como fracción número 4 y tiene un área de ciento treinta y seis hectáreas trescientos nueve metros cuadrados (136,0309 Has.) y se deslinda así: al Noroeste, mil trescientos noventa y cuatro metros diez centímetros, lindando con la fracción número 3 (hoy padrón 17.345); al Noreste, novecientos treinta y siete metros con ochenta y ocho centímetros, lindando con el padrón 10.873; al sureste, mil trescientos noventa y cinco metros con noventa centímetros, lindando con la fracción numero 5 (hoy padrón 17.347); al Suroeste, mil trece metros con ochenta y tres centímetros, lindando con el padrón 528. F) FRACCION DE CAMPO, PADRON 17347, antes padrón 5866 Y 3949 en mayor área, señalada en el plano como fracción número 5 y tiene un área de ciento dos hectáreas, siete mil setecientos sesenta y dos metros cuadrados (102,7762 Has.) y se deslinda así: al Noroeste, mil trescientos noventa y cinco metros noventa centímetros, lindando con la fracción numero 4 (hoy padrón 17.346); al Noreste, setecientos setenta y cinco metros con treinta centímetros, lindando con el padrón 10.873; al Sureste, mil trescientos noventa y tres metros con setenta centímetros, lindando con el padrón 10.873; al Suroeste, seiscientos noventa y nueve metros con cuarenta centímetros, lindando con el padrón 528. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar el 30% como seña en el acto de serle aceptada la postura más comisión e IVA (3.66%). 2) Que el saldo de precio se deberá pagar en un plazo de 20 días corridos contando a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por Feria Judicial o semana de turismo. 3) Que será de cargo del expediente la comisión e iva del rematador 1,22%, así como el 1% del Impuesto Departamental y gastos de remate. 4) Que se desconoce la situación de los inmuebles antes el BPS. 5) Que existen deuda de Contribución Inmobiliaria frente a la Intendencia Departamental de Cerro Largo y que el Impuesto Primaria esta exonerado. 6) Que los inmuebles se venden, en la proporción de una quinta parte indivisa indicada y en el estado material y jurídico en que se encuentran. 7) Que se deberá estar a lo que surge de autos y a lo que surja de la diversa información Registral y Fiscal de última hora, la que es de cuenta y cargo del adquirente. 8) Que los rubros a imputar como parte del precio son los tributos adeudados, que sean necesarios para la escrituración: Contribución Inmobiliaria y Primaria. 9) Que nada se sabe sobre el estado de ocupación de los inmuebles. 10) Que los inmuebles se encuentran libres de afectaciones Mineras y Dinagua. 11) Que la totalidad del precio se deberá integrar dando cumplimiento a la Ley 19.210 y Ley 19.889, modificativas y concordantes. 
 
Melo, 29 de octubre de 2024.
OSCAR OMAR RODRÍGUEZ ETCHEVERRY, Actuario.
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 20) $ 16450 1/p 29466 Oct 31- Oct 31
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