Aviso de Remate N° 30825/024
Fecha de Publicación: 13/11/2024
Página: 219
Carilla: 219
REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DECIMOCUARTO TURNO
EDICTO
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 14° Turno, dictada en autos: "TALLAC, ELENA y otros c/ BERNELAU, ELIZABETH y otro - CESACION DE CONDOMINIO DE ORIGEN CONTRACTUAL (ART. 370 CGP)" IUE 2-56165/2023, se hace saber que el próximo Jueves 12 de Diciembre a partir de la hora 11:30 en (ANRTCI) sito en Avda. Uruguay 826, y por intermedio del martillero FEDERICO SILVEIRA ABU ARAB RUT 217.22.16.90.015, Mat. 6850 y presidido por la Sra. Alguacil del juzgado, se sacará a la venta en subasta pública sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses el siguiente bien inmueble: Unidad de Propiedad Horizontal. 305. la que forma parte del edificio denominado ''LUCANIA'' Construido bajo el régimen de la ley 10.751, en el solar de terreno sito en localidad catastral, Montevideo, zona urbana, empadronado con el N° 21.718, según plano de mensura, y fraccionamiento del Ing. Agr. Walter Ernesto Muinelo de Agosto de 1995, cotejado por la Dirección Nac. de Catastro el 11/03/2003 e inscripto en la citada Direccion en la misma fecha con el N° 36338, tiene una superficie de 477 metros 43 dm, con 21 metros 55 cm al Noroeste de frente a la calle Francisco Canaro (antes Coronel Brandzen) y 22 metros 8 cm al noreste tambien de frente a la calle Acevedo Diaz, por ser esquina. La unidad se encuentra empadronada con el número 21718/305 y de acuerdo el plano citado se ubica en el 3° piso a cota vertical más 8 metros 85 cm, tiene una superficie de 74 metros 6 cm y le corresponde el uso exclusivo de la Terraza Cubierta K3. y Terraza Cubierta L3. SE PREVIENE: PRIMERO Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en carácter de seña de serle aceptada su postura y abonar además la comisión + IVA al Rematador, es decir el 3.66% todo en el acto y si el monto a integrar superare las UI 1.000.000 (Unidades Indexadas un millón) dicho pago deberá realizarse por los medios de pago previstos por la leyes 19210, 19478 y 19889 modificativas, concordantes y decretos reglamentarios. SEGUNDO) Que será de cargo del expediente el pago de la comisión de venta al rematador es decir el 1.22% TERCERO) El mejor postor deberá depositar el saldo de precio en la cuenta abierta bajo el rubro de autos y a la orden de la sede en el plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. Teniendo presente que deberá resguardar los medios de pago previstos por la Ley 19210,19478 y Decreto Reglamentario Ley 19889. CUARTO) Que serán de cargo del comprador los gastos y honorarios de la Escritura y los impuestos que la Ley pone a su cargo. QUINTO) Que solamente podrán ser imputados al precio la deuda por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria) generada hasta la fecha del Remate, ITP e IRPF, si correspondiere, se reintegrarán luego de otorgada la respectiva escritura. SEXTO) Que se desconoce la existencia de deudas nacionales y/o departamentales que afecten el inmueble, situación ocupacional, su estado de conservación, y la regularidad de las construcciones (art 71 ley 18308). SÉPTIMO) Que la cuota parte del bien que corresponde a los co-demandados. Elizabeth Nancy Bernelau Sobrero y Jorge Esteban De Martino Ardito, se encuentra en indivisión post comunitaria, Disolución de Sociedad Conyugal - Divorcio - Juzgado Letrado de Familia de 19° Turno IUE 2-39448/2005, Resolución de fecha 15/03/2006. OCTAVO) El bien se remata en la condición y situación jurídica que surge del expediente, certificados y documentación presentada, que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado, sito en Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos No. 1309 de Montevideo, debiéndose tener presente el art 390 insc. Final del CGP y lo dispuesto por Ley 19574 de Lavado de Activos en lo correspondiente. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones dejándose constancia que se libra el presente conforme información ampliada al 7/11/2024.
Montevideo, 11 de noviembre de 2024.
ADRIANA CLAUDIA LEON RODRIGUEZ, Actuario.
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20) $ 9202 1/p 30825 Nov 13- Nov 13
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