Fecha de Publicación: 13/11/2024
Página: 218
Carilla: 218

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FAMILIA
DECIMOSEGUNDO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Familia de 12° Turno, dictada en autos: "SANTOS PRIETO, SANDRA c/ OCHOTECO FERNANDEZ, BAUTISTA - PARTICIÓN" IUE 2-61030/2019, se hace saber que el 28 de noviembre de 2024 a partir de las 13:30 horas en Av. Uruguay 826 por intermedio del Rematador ASSAD HAJJOUL Matrícula N° 5555 RUT 212276850013 en acto presidido por el OFICIAL ALGUACIL del Juzgado, se procederá al remate en pública subasta, sobre la base de la tasación efectuada en autos (US$ 20.000.-), en dólares americanos (U$S) y al mejor postor de la mitad indivisa del siguiente bien inmueble: Unidad 202 que forma parte del edificio denominado "LUCANIA", construido dentro del régimen de la ley 10.751, en terreno sito en la Localidad Catastral Atlántida, departamento de Canelones, empadronado con el número 812, que según plano de mensura y fraccionamiento horizontal del Agrimensor Hipólito Zas Recarey de abril de 1972, cotejado por la Junta Local Autónoma de Pando el 6 de junio de 1973 e inscripto en la Dirección General de Catastro Nacional con el número 3726 el 13 de junio de 1973, según el cual tiene una superficie de 675 metros y tiene 15 metros de frente al Suroeste a la Avenida Central, entre la Avenida Circunvalación y la calle número 26, distando el punto medio de su frente 39 metros 80 centímetros de la esquina formada con la última de las nombradas. La unidad está empadronada individualmente con el número 812/202, y según el referido plano se ubica en el segundo piso a cota vertical más 7 metros 10 centímetros y tiene una superficie individual de 63 m 29 dm y le corresponde el uso exclusivo de la Terraza "C dos" y de un espacio en el Garage individualizado como "AS uno" para un vehículo (bienes comunes.). SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 25% de su oferta y serán de su cargo la comisión de compra del Rematador o sea el 3,66 %, todo en el acto de serle aceptada su postura. Dicho pago deberá realizarse cumpliendo con las leyes 19.210 decretos reglamentarios y modificativas. 2) Así mismo deberá el mejor postor constituir en el acta de remate domicilio procesal electrónico (judicial U.A.N.E.) para recibir las notificaciones posteriores que se dispongan bajo apercibimiento de tenérsele por constituido su domicilio en los estrados de esta Sede. 3) El bien a rematar se encuentra ocupado desconociéndose la actual situación, regularidad estructural y fiscal de las construcciones. 4) Sólo se podrá descontar del precio de remate eventual deuda que existiera por concepto de Contribución Inmobiliaria y Primaria generados hasta la fecha de la subasta. 5) El plazo para consignar el saldo de precio ofertado por cada bien, será de veinte días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni la semana de turismo. 6) En la Sede no hay depositada titulación y antecedentes dominiales originales del bien, solo testimonios autenticados de los mismos. 7) El remate se efectuará en las condiciones que resultan del expediente, testimonio de la titulación y certificados registrales agregados y ampliados al dia 21 de octubre de 2024 (artículo 390 incisos 2 y 3 del CGP), documentacion que podrá ser examinada en la Sede por los interesados en Av. Rondeau 1750, Planta Baja. 
 
Montevideo, 11 de noviembre de 2024.
ADRIANA JULIETA FISAS VILLANUEVA, Actuario.
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 20) $ 7620 1/p 30827 Nov 13- Nov 13
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