Fecha de Publicación: 21/03/2025
Página: 109
Carilla: 109

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DECIMONOVENO TURNO

Ver Aclaración: Aviso de Remate Nº 6.281/025 publicado el 25/03/2025.
EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 19° Turno, dictada en autos: "EDIFICIO BUENOS AIRES N° 226 c/ COITIÑO, MARIA y otro - JUICIO EJECUTIVO COMÚN" IUE 2-28934/2019, El próximo 01 de abril de 2025 a las 13.30 horas en la ANRTCI - sita en Av Uruguay N°826 -Montevideo- el martillero Enrique Díaz Mat 4610 procederá asistido del Alguacil de la Sede quien Presidirá el Acto a la venta en pública subasta, en dólares americanos y sin base, al mejor postor el siguiente bien inmueble: UNIDAD DE PROPIEDAD HORIZONTAL CIENTO CUATRO (104) empadronado individualmente con el número tres mil seiscientos veintiséis barra ciento cuatro (3626/104), la que según Plano de Mensura y Fraccionamiento del Ingeniero  Agrimensor Gabino Lalinde de octubre de 1973,  inscripto en la Dirección General de  Catastro con el número 72968 el 22 de octubre de 1973, se ubica en el primer piso y consta de una superficie de 47 metros con 94 centímetros. La referida unidad forma parte del edificio incorporado al Régimen de Propiedad Horizontal, Ley 10.751 por la disposición de las leyes 13.870 y 13.892 construido en un solar de terreno empadronado con el número 3.626 (matriz) sito en la tercera sección judicial del departamento de Montevideo, el que según el plano antes citado, tiene una superficie de 458 metros, 71 centímetros, al norte de frente a la calle Buenos Aires, número 226 entre las calles Maciel y Pérez Castellano. SE PREVIENE: a)- Que el mejor postor deberá consignar la seña, que asciende al 30% del precio martillado en el momento de ser aceptada su oferta, con los medios de pago autorizados por la ley N°19.210,19574 y 19889 y decretos reglamentarios; b)- Que podrá ser imputado al precio la deuda que existiera de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria, pudiendo imputar al mismo la deuda generada por tal concepto hasta la fecha de la traslación del dominio; c)- Que deberá depositar el saldo de precio en la cuenta abierta bajo el rubro de autos y a la orden de la Sede en el plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate (art 387.2 lit f) CGP; d)- La unidad se encuentra ocupada, se desconoce la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones. e)- En la Sede se encuentran depositados los antecedentes dominiales originales del bien, por lo que el remate se efectúa en las condiciones que resultan del expediente y documentación y certificados registrales presentados, los que podrán ser examinados por los interesados. f)- Será de cargo del expediente los impuestos necesarios para la inscripción de la escritura traslativa del dominio, ITP e IRPF si correspondiere que  deba abonar el mejor postor (no acreedor). g)- Será de cargo del mejor postor la comisión del martillero e impuestos lo que en total asciende al 3.66% del precio martillado y que deberá abonar en el acto por los medios de pago autorizados; h)-Será de cargo del expediente de autos la comisión de venta que en total asciende al 1% del precio martillado más IVA; i)- Que serán de cargo del mejor postor todos los gastos y honorarios necesarios a efectos de realizar la titulación y registración del inmueble a su nombre; j)- Se previene lo dispuesto en el art 386 CGP. 
 
Montevideo, 19 de marzo de 2025.
MARTÍN LUIS MOLLER CAL, Actuario Adjunto.
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 20) $ 7500 1/p 5873 Mar 21- Mar 21
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