APROBADO POR DECRETO LEY Nº 14.859




Promulgación: 15/12/1978
Publicación: 11/01/1979
Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 14.859 de 15/12/1978.

Referencias a toda la norma

TITULO I - PRINCIPIOS GENERALES

Artículo 1

    El régimen jurídico de las aguas en la República Oriental del Uruguay
se determina:

1º  Por lo dispuesto en este Código;

2º  Por lo prescripto en el Código Civil y disposiciones modificativas y
    concordantes, en cuanto no resulte expresa o tácitamente derogado
    por el presente cuerpo de normas;

3º  Por las disposiciones contenidas en leyes especiales, en los Tratados
    en que fuere parte la República y en otras normas de Derecho
    Internacional. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 203 (vigencia).
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