Versión oficial publicada el 31.07.1941, aprobada por la Comisión
Revisora designada en el año 1933 y por la
Comisión de Códigos de la Cámara de Representantes .
Aprobado/a por: Ley Nº 10.024 de 14/06/1941.
Los que expidieren certificados-guías sin cumplir los requisitos
establecidos en los artículos anteriores o violando las prohibiciones en
ellos consignadas, así como los que reciban o transiten con ellos,
tendrán en su contra en juicio la presunción de mala fe.
Las violaciones u omisiones apuntadas autorizarán la iniciación de un
sumario para la averiguación de si ha existido abigeato.