APROBADO POR DECRETO LEY Nº 14.306




Promulgación: 29/11/1974
Publicación: 06/12/1974
Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 14.306 de 29/11/1974.
Ver vigencia: Ley Nº 19.438 de 14/10/2016 artículo 175.

Referencias a toda la norma

TITULO UNICO - NORMAS GENERALES DE DERECHO TRIBUTARIO NACIONAL
CAPITULO SEXTO - DERECHO PENAL TRIBUTARIO

Artículo 112

   Cuando el delito establecido en el artículo 110 fuere cometido en beneficio de uno de los entes previstos en al artículo 17, numeral 2º del Código Tributario, las penas se aplicarán a las personas físicas que efectivamente hubieren participado en los hechos atendiendo a las características de su participación, según las reglas del Concurso de delincuentes. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 17 y 110.
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