MODIFICACION A LA ORDENANZA GENERAL DE TRANSITO ARTICULO 245, RELATIVO A PASES LIBRES




Fecha de Publicación: 23/01/2014
Página: 5
Carilla: 5

GOBIERNOS DEPARTAMENTALES
INTENDENCIAS
INTENDENCIA DE RIVERA

Decreto 247/014

Promúlgase la Ordenanza 1/014 "Modificación del Art. 245 de la Ordenanza
General de Tránsito - Pases Libres".
(97*R)
JUNTA DEPARTAMENTAL DE RIVERA

Rivera, 03 de enero de 2014.
SESION - EXTRAORDINARIA - ACTA N° 209.-
La Junta Departamental de Rivera, en ejercicio de sus competencias
constitucionales,

                                 DECRETA

      Modificación del Art. 245 de la Ordenanza General de Tránsito
                              "Pase Libres"
"Art. 245: ("Carné de Libre Tránsito"): el transporte colectivo de
pasajeros será gratuito para todas aquellas personas que obtengan el Carné
de  Libre Tránsito expedido por la Intendencia Departamental de Rivera.
Tendrá derecho al mencionado carné toda persona a la que el Servicio de
Salud Municipal determine un porcentaje de discapacidad igual o mayor al
66% del Baremo según las tablas utilizadas por el Banco de Previsión
Social (o quién haga sus veces); no pudiendo a su vez el beneficiario
conjuntamente con su núcleo familiar tener ingresos superiores a 20 U.R.
(veinte unidades reajustables) lo que deberá ser debidamente acreditado
mediante la presentación de la documentación respectiva, declaración
jurada del solicitante e informe de Asistente Social Municipal.

El Carné de Libre Tránsito será gratuito, nominal, personal,
intransferible y renovable año a año (previa evaluación médica y económica
del núcleo familiar). En los casos de discapacidad temporaria con
pronóstico favorable, tendrá el referido Carné una vigencia de tres a seis
meses según lo determine el Servicio de Salud Municipal teniendo presente
la evolución del padecimiento concreto.

En el Carné de Libre Tránsito constarán los datos personales del
beneficiario así como su fotografía actualizada, y en el reverso y numero
claramente visible la fecha de expedición y vigencia.

En los casos de los no videntes, el carné también comprenderá a un
acompañante; también en situaciones de beneficiarios que no puedan
locomoverse a trasladarse por sí solos, y previa evaluación del Servicio
de Salud Municipal, podrá otorgarse el Carné de Libre Tránsito con derecho
a un acompañante. En las situaciones de este inciso el carné será de un
color claramente diferente, y en su parte posterior deberá constar en
letras claras y en color rojo "DERECHO A UN ACOMPAÑANTE".

Todos los carné a que se refiere este artículo son de uso exclusivo del
beneficiario del pase Libre, pudiendo ser retenidos por los funcionarios
de las empresas de transporte si se constata el uso indebido por parte de
otra persona, debiendo comunicar a la IDR dentro de los dos días hábiles
siguientes, dando detalle de la razón de la retención y adjuntando el
carné retenido.

Facultase a la IDR a reglamentar el presente artículo; perdiendo vigencia
automáticamente todos los pases libres otorgados de acuerdo al régimen
derogado a partir de los 90 días corridos de la promulgación de la
presente norma".
EDIL AMARASI SOUZA SOSA, Presidente; JORGE ARIEL FREITAS, Secretario
General.

INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE RIVERA

                                              Rivera, 15 de enero de 2014.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese y publíquese.

Ing. Agr. Abilio Briz Lucas, Intendente; Esc. Nelson Gutiérrez, Secretario
General

Rivera, 15 de enero de 2014.
                                                         DECRETO N° 247/14

VISTO: La Ordenanza promulgada, siga a División Secretaría Administrativa,
cometiéndosele, la instrumentación respectiva procediendo a su registro.
Posteriormente, acúsese recibo a la Junta Departamental, comunicando la
promulgación de la Ordenanza N° 01/2014 "Modificación del Art. 245 de la
Ordenanza General de Tránsito - Pases Libres" y siga a la Unidad de Prensa
y RRPP a efectos de su publicación.
Cumplido, siga a la Dirección General de Tránsito y Transporte a sus
efectos.
Esc. Nelson Gutiérrez, Secretario General.


		
		Ayuda