Decreto 9.736/004
Cúmplase el Decreto de la Junta Departamental, por el cual se modifica el
Artículo Nº 285 de la Ordenanza General de Tránsito.
(57*R)
Rivera, 16 de Diciembre de 2004
Sección Ordinaria - Acta N° 67.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL,
DECRETA
1.- Modificase el Art. N° 285 de la Ordenanza General de Transito, el que
quedará redactado de la siguiente forma:
ARTICULO 285: Se establecen dos tipos de paradas, permanentes colectivas,
las que serán determinadas por la Intendencia Municipal. Las permanentes
podrán ser usadas solamente por aquellos vehículos son taxímetros
asignados a la misma por la Intendencia Municipal. Las Colectivas, son
aquellas que podrán se utilizadas por cualquier vehículo con taxímetro en
los horarios de salida o llegada de trenes, aviones, ómnibus Etc.
2.- A sus efectos vuelva al ejecutivo Comunal.-
Tec. Agrop. José Luis Vila Díaz, Presidente; Dr. Alberto Buyanoff
Pereira, Secretario General.
INTENDENCIA MUNICIPAL DE RIVERA
Rivera, 29 de diciembre de 2004
DECRETO N° 9736/04
VISTO: Cúmplase, por la Dirección General de Transito y Transporte,
previa publicación en el Diario Oficial y un Diario Local
Tabaré Viera Duarte, Intendente; Dr. Vilibaldo Rodríguez, Secretario
General.