CAPITULO IX INCISO 3 - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Artículo 101
Declárase de utilidad pública para el Ministerio de Defensa Nacional
la expropiación de los inmuebles situados en el Departamento de Montevideo, Décima Sección Judicial, Padrones N.os 104.656 y 73.397 destinados al Servicio de Viviendas, para la construcción de un complejo
habitacional con destino a viviendas militares para el personal superior (Oficiales) de la Guarnición.