Aféctanse a los servicios del Ministerio del Interior los bienes inmuebles ubicados en la 2ª Sección Judicial del Departamento de
Montevideo, señalados con los padrones Nros. 5320, 5322, 5323, 5324, 5331
y 5332, desafectándolos de su actual destino en la Administración Nacional
de Usinas y Trasmisiones Eléctricas.
El Poder Ejecutivo fijará mediante acuerdo con la referida Administración
Nacional los valores que corresponda compensar como consecuencia de las
respectivas desafectaciones. (*)