ASOCIACIONES CIVILES. POLICIA ADMINISTRATIVA




Promulgación: 12/12/1980
Publicación: 23/12/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1980
  •    Página: 1453
Ver vigencia: Ley Nº 17.163 de 01/09/1999 artículo 33.
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   El Ministerio de Educación y Cultura ejercerá la policía administrativa
de las asociaciones civiles y fundaciones ,y, en consecuencia, controlará su creación, su funcionamiento y su disolución y liquidación.
Referencias al artículo

APARICIO MENDEZ - DANIEL DARRACQ
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