Amplíase el artículo 151 de la ley 14.106, de 14 de marzo de 1973,
asignándose al Programa 4.13 "Salud" una partida anual de N$ 7:300.000.00
(nuevos pesos siete millones trescientos mil), destinados al pago de los
servicios sanitarios prestados por el Hospital Central de las Fuerzas
Armadas, al personal policial en actividad y retiro.
GREGORIO C. ALVAREZ - JULIO CESAR RAPELA - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS