DESAFECTACION DE BIEN INMUEBLE. TACUAREMBO




Promulgación: 07/02/1985
Publicación: 14/05/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 641

Artículo 2

   El Estado (Ministerio de Defensa Nacional) desafecta el mencionado
inmueble a favor de la Administración Nacional de Telecomunicaciones
(ANTEL), por el valor fijado según tasación practicada por la Dirección
General de Catastro Nacional y Administración de Inmuebles del Estado, el
27 de agosto de 1984, en el equivalente 711,0736 U.R. (Unidades
Reajustables - Ley 13.728, de 17 de diciembre de 1968).
Ayuda