Fecha de Publicación: 24/06/1975
Página: 725-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 60

Las intimaciones y los juicios de desalojo, rescisión de contrato y
revisión de precio en trámite a la fecha de vigencia de la presente ley,
seguirán substanciándose por las normas vigentes a la fecha de iniciación
del trámite, hasta su conclusión.

        
                               CAPITULO VIII

                         Del derecho preferencial
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