CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 10/09/1975.
Modifícase el artículo 324º de al ley 13.640, de 26 de diciembre de 1967, que quedará redactado así: "Artículo 324º. Facúltase al Consejo del Niño a determinar en qué establecimientos deberán vivir obligatoriamente los Directores y Regentes que los dirigen".Ayuda