PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 19/08/1976.
Sustitúyese el inciso 2º del artículo 40 de la ley 14.416 de 28 de agosto de 1975 por el siguiente: "Autorízase al Poder Ejecutivo a fijar el plazo en que dicha Comisión deberá elevar el proyecto respectivo."Ayuda