PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 19/08/1976.
Fíjase en N$ 7.000.00 (nuevos pesos siete mil) anuales a partir del Ejercicio 1977 la subvención establecida por el artículo 26 de la ley 14.252, de 22 de agosto de 1974, a la Asociación Honoraria de Salvamentos Marítimos y Fluviales (ADES).Ayuda