Autorízase al Poder Ejecutivo a emitir una Deuda Interna de Consolidación
1976 hasta la suma de N$ 209:058.483.11 (nuevos pesos doscientos nueve
millones cincuenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y tres con once
centésimos) valor nominal, destinada a cancelar el déficit del Tesoro
Nacional hasta el 31 de diciembre de 1975.
La amortización se hará mediante una cuota del 3% (tres por ciento)
anual, con un año de gracia y por sorteo.
El interés será del 5% (cinco por ciento) anual pagadero semestralmente.
El Poder Ejecutivo podrá realizar amortizaciones extraordinarias cuando
lo considere oportuno.