MINISTERIO DE JUSTICIA
Fe de erratas publicada/s: 07/10/1983, 27/10/1983.
Siempre que según la ley fueren competentes para conocer de un mismo asunto dos o más tribunales, ninguno podrá excusarse bajo el pretexto de haber otros que puedan conocer de él; pero el que haya prevenido en el conocimiento excluye a los demás, los cuales cesan, desde entonces, de ser competentes.Ayuda