Ley 15.584
Se aprueban modificaciones del Texto Ordenado 1982
El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo 1
Sustitúyese el artículo 10 del Título 6 del Texto Ordenado 1982 por el
siguiente:
"ARTICULO 10. Tasas.- Fíjanse las siguientes tasas:
A) Básica del 20% (veinte por ciento).
B) Mínima del 12% (doce por ciento)".