El Organismo que se crea, en cumplimiento del fin expuesto, tendrá
como objeto promover, regular, coordinar y vigilar las actividades de
producción, transformación, comercialización, almacenamiento y transporte
de carnes bovina, ovina, equina, porcina, caprina, de ave, de conejo y
animales de caza menor, sus menudencias, subproductos y productos
cárnicos.