La notificación a los interesados de las resoluciones del Instituto
Nacional de Carnes podrá hacerse indistintamente por cedulón entregado en
el último domicilio registrado en el Organismo, que deberá serlo en la
Capital, o mediante Télex, telegrama colacionado o carta certificada
transcribiéndose en todos los casos la parte dispositiva de la
resolución.
Podrá asimismo citarse a los interesados por cualquiera de los medios
indicados precedentemente o por publicación en el "Diario Oficial" en
caso de desconocerse su domicilio para que concurran a notificarse a las
oficinas del Organismo. En tal caso si no lo hicieran dentro de los diez
días hábiles siguientes se tendrán por notificados a todos los efectos.