A la Junta de Oficiales generales del Ejército le compete los asuntos de Seguridad y Defensa Nacional y además entender en:
A) Elegir a los Coroneles, Tenientes Coroneles, Mayores y Capitanes a ser propuestos para ascender por el Sistema de selección al Grado inmediato superior.
B) A los efectos previstos en el literal anterior, la Junta estará integrada por los Oficiales Generales en actividad, residentes en el país y que ocupen cargo, será facultativo de la Junta la convocatoria de los Oficiales Generales no residentes en el país.
Despacho del Comandante en Jefe del Ejército