Decreto 102/023
Determínanse los requisitos que deben reunir los Oficiales Jefes y Oficiales Superiores del Escalafón Ejecutivo de la Policía Nacional, para estar en condiciones de Ascenso por el Sistema de Concurso o por el Sistema de Selección Directa.
(878*R)
MINISTERIO DEL INTERIOR
Montevideo, 24 de Marzo de 2023
VISTO: el Sistema de Ascensos del Personal Superior de la Policía Nacional;
RESULTANDO: I) que el artículo 66 de la Ley N° 19.315, de 18 de Febrero de 2015 (Ley Orgánica Policial), prevé que el Poder Ejecutivo reglamentará el Sistema de Ascensos del Personal Policial, respetando los parámetros que se indican en la misma;
II) que en el caso de los Señores Oficiales Jefes y Oficiales Superiores del Subescalafón Ejecutivo, se establece por el referido artículo que un porcentaje de los mismos se dispondrá por concurso y otro por Selección Directa, respetando los siguientes parámetros: A) Dos tercios de las vacantes, por concurso. B) El tercio restante por selección directa del Poder Ejecutivo, entre los postulantes que cumplan todos los requisitos exigidos para el ascenso;
CONSIDERANDO: que corresponde fijar las condiciones formales y de fondo que deben reunir los postulantes al ascenso por el Sistema de Concurso y por Selección Directa;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Los Señores Oficiales Jefes y Oficiales Superiores del Sub Escalafón Ejecutivo de la Policía Nacional, para estar en condiciones de Ascenso por el Sistema de Concurso deberán reunir las siguientes condiciones:
A) Haber aprobado el Curso o Concurso de Pasaje de Grado para la jerarquía inmediata.
B) Aprobar un trabajo monográfico cuyas pautas de elaboración y defensa del mismo serán determinadas por un Tribunal designado a tales efectos.
C) Presentar una Carpeta de Méritos, la que será debidamente evaluada por el antes nombrado Tribunal.
BEATRIZ ARGIMÓN, Vicepresidente de la República en ejercicio de la Presidencia; LUIS ALBERTO HEBER.