Fecha de Publicación: 10/04/2023
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

                               Decreto 102/023

Determínanse los requisitos que deben reunir los Oficiales Jefes y Oficiales Superiores del Escalafón Ejecutivo de la Policía Nacional, para estar en condiciones de Ascenso por el Sistema de Concurso o por el Sistema de Selección Directa.
(878*R)

MINISTERIO DEL INTERIOR

                                           Montevideo, 24 de Marzo de 2023

   VISTO: el Sistema de Ascensos del Personal Superior de la Policía Nacional;

   RESULTANDO: I) que el artículo 66 de la Ley N° 19.315, de 18 de Febrero de 2015 (Ley Orgánica Policial), prevé que el Poder Ejecutivo reglamentará el Sistema de Ascensos del Personal Policial, respetando los parámetros que se indican en la misma;

   II) que en el caso de los Señores Oficiales Jefes y Oficiales Superiores del Subescalafón Ejecutivo, se establece por el referido artículo que un porcentaje de los mismos se dispondrá por concurso y otro por Selección Directa, respetando los siguientes parámetros: A) Dos tercios de las vacantes, por concurso. B) El tercio restante por selección directa del Poder Ejecutivo, entre los postulantes que cumplan todos los requisitos exigidos para el ascenso;

   CONSIDERANDO: que corresponde fijar las condiciones formales y de fondo que deben reunir los postulantes al ascenso por el Sistema de Concurso y por Selección Directa;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Los Señores Oficiales Jefes y Oficiales Superiores del Sub Escalafón Ejecutivo de la Policía Nacional, para estar en condiciones de Ascenso por el Sistema de Concurso deberán reunir las siguientes condiciones:
        A) Haber aprobado el Curso o Concurso de Pasaje de Grado para la jerarquía inmediata.
        B) Aprobar un trabajo monográfico cuyas pautas de elaboración y defensa del mismo serán determinadas por un Tribunal designado a tales efectos.
        C) Presentar una Carpeta de Méritos, la que será debidamente evaluada por el antes nombrado Tribunal.

   BEATRIZ ARGIMÓN, Vicepresidente de la República en ejercicio de la Presidencia; LUIS ALBERTO HEBER.
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