Fecha de Publicación: 05/04/2002
Página: 36-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 4

 Comuníquese, publíquese en un diario de circulación nacional y el Diario 
Oficial y vuelva a las Direcciones Nacionales de Vialidad y Transporte, a 
sus efectos.
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