Fecha de Publicación: 06/05/2024
Página: 19
Carilla: 19

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Artículo 6

   La presente incorporación dará lugar a los incrementos de las cápitas mensuales que reciben los prestadores integrales, por sus afiliados beneficiarios del Seguro Nacional de Salud, que se detallan en el siguiente cuadro en pesos uruguayos:

HOMBRES
1 a 4
5 a 14
15 a 19
20 a 44
45 a 64
65 a 74
>74
0,04
0,89
1,74
1,07
1,48
1,16
0,96
MUJERES
1 a 4
5 a 14
15 a 19
20 a 44
45 a 64
65 a 74
>74
0,02
0,98
1,95
1,24
1,39
1,40
0,95
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