Fecha de Publicación: 02/05/2016
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Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 2

   Los montos fijados son a valores 2016 y serán ajustados en la misma oportunidad y con los mismos criterios que establezca el Poder Ejecutivo para los incrementos salariales de la Administración Central. Estarán sujetos a montepío y deberán ser incluidos en el cálculo del 5,3% y la Dedicación Integral (Objetos del Gasto 048.012 y 043.004 respectivamente).
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