Fecha de Publicación: 29/04/1999
Página: 169-A
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MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Decreto 118/999

Modifícase, en los términos que se determinan, el Decreto 24/998, por el
cual se aprobó el proyecto de reformulación de la estructura organizativa
del Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca".
(711*R)

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                           Montevideo, 21 de abril de 1999

VISTO: el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 24/998 de 28 de enero de 1998
que aprueba el proyecto de reformulación de la estructura organizativa
del Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca", de acuerdo
a lo dispuesto en los artículos 707 y siguientes de la Ley Nº 16.736 de 5
de enero de 1996 y su Decreto reglamentario Nº 186/996 de 16 de mayo de
1996;

RESULTANDO: I) que en este proyecto se deslizaron errores y omisiones
involuntarios;

CONSIDERANDO: I) que corresponde subsanar los errores padecidos;

II) lo informado por el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado;

ATENTO: a lo expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Modifícase el Decreto Nº 24/998 de 28 de enero de 1998 en el siguiente
sentido:
En el Capítulo II: Cometidos
1. Cometidos Sustantivos
Donde dice:
* Conservar los recursos naturales renovables, incluyendo los
pesqueros, contribuir a la conservación y desarrollo de la diversidad
biológica y propiciar su racional aprovechamiento industrial y
comercial.
Debe decir:
* Conservar los Recursos Naturales Renovables, incluyendo los
pesqueros, estableciendo estrategias de conservación de la diversidad
biológica, integrándola a los planes, programas y políticas sectoriales o
intersectoriales.
Unidad Ejecutora 001 - Dirección General de Secretaría
En el Capítulo III: Estructura Organizativa
2. Descripción de las funciones asignadas a la Dirección General y a las
unidades directamente dependientes
Donde dice:
Asesoría: Sistemas Informáticos
Debe decir:
Asesoría: Sistemas de Información y Comunicaciones
Unidad Ejecutora 002 - Instituto Nacional de Pesca
En el Capítulo III: Estructura Organizativa
2. Descripción de las funciones asignadas a la Dirección y a las unidades
directamente dependientes
Se agrega:
- Departamento Mamíferos Marinos
* Planificar y realizar investigación de la dinámica y tamaño
poblacional de las loberías, con el fin de determinar normas para la
correcta administración de los Recursos.
* Proponer medidas de manejo y explotación.
* Ejercer los controles atribuidos por normas legales.
- Departamento Biología Pesquera
* Efectuar las investigaciones necesarias para el conocimiento del
estado de los recursos pesqueros.
* Determinar las capturas máximas sustentables de las distintas
especies con el fin de establecer pautas para el manejo de las
pesquerías.
* Asesorar a la Superioridad en el correcto manejo de los Recursos
compartidos con otros países.
* Investigar y desarrollar métodos de producción acuícola para ser
transferidos a interesados.
* Proponer medidas de regulación de las pesquerías y acuicultura.
* Efectuar los correspondientes controles para asegurar la
preservación de los recursos pesqueros.
- Departamento de Industria Pesquera
* Implementar a nivel nacional la aplicación de sistemas de
aseguramiento de la calidad de la Industria Pesquera.
* Efectuar los controles sanitarios correspondientes a lo largo de la
cadena productiva (captura, transporte y procesamiento).
* Armonizar las reglamentaciones nacionales con las normativas de los
países de la región y países importadores del hemisferio Norte.
* Propiciar el mejoramiento de la calidad de los productos
pesqueros.
* Ejecutar el control sanitario de los productos pesqueros
importados.
Unidad Ejecutora 003 - Dirección General de Recursos Naturales
Renovables
En el Capítulo II: Cometidos
1. Cometidos Sustantivos
Se agrega:
* Ejecutar el Programa de Manejo de Recursos Naturales y Desarrollo
del Riego (PRE.NA.DE.R).
* Divulgar las normas que regulan el uso y manejo de los Recursos
Naturales Renovables y las tecnologías que permiten el uso sostenible de
los mismos.
En el Capítulo III: Estructura Organizativa
2. Descripción de las funciones asignadas a la Dirección y a las unidades
directamente dependientes
Se agrega:
- PRE.NA.DE.R.
* Ejecutar el Programa del Manejo de Recursos Naturales y Desarrollo
del Riego, PRENADER de acuerdo al convenio de préstamos suscrito con el
Banco Mundial (BIRF - UR 3697).
- Asesoría: Unidad de Capacitación y Difusión
* Diseñar programas de divulgación sobre las normas que regulen el
uso y manejo de los Recursos Naturales Renovables.
* Coordinar con los Servicios Técnicos correspondientes, la difusión
de las tecnologías adecuadas para el uso y manejo sostenible de los
Recursos Naturales Renovables.
* Elaborar los materiales de divulgación.
Unidad Ejecutora 005 - Dirección General de Servicios Ganaderos
En el Capítulo III: Estructura Organizativa
- División Industria Animal
Donde dice:
* Habilitar, registrar y controlar desde el punto de vista
higiénico-sanitario y tecnológico, los establecimientos de faena e
industrializadores de carne, productos cárnicos, subproductos y derivados
de las especies bovinas, ovinas, porcinas, equinas, avícolas, conejos,
liebres y animales de caza menor, con destino a la exportación, al abasto
y a la industrialización a nivel nacional.
* Controlar los sistemas de clasificación y tipificación de carnes
del país.
Debe decir:
* Habilitar, registrar y controlar desde el punto de vista
higiénico-sanitario y tecnológico, los establecimientos de faena
industrializadores y depósitos de carne, productos cárnicos, subproductos
y derivados de las especies bovinas, ovinas, porcinas, equinas, avícolas,
conejos, liebres y animales de caza menor con destino a la exportación,
al abasto y a la industrialización a nivel nacional.
* Controlar las condiciones higiénico-sanitarias y tecnológicas de
importación y exportación de carnes, productos cárnicos, subproductos y
derivados de las especies antes referidas.
* Controlar y fiscalizar la aplicación de los sistemas de
clasificación y tipificación de carnes del país o de aquellos mercados
que así lo requieren.
- División Laboratorios Veterinarios Miguel C. Rubino
Donde dice:
* Estudiar y determinar la presencia de residuos biológicos y
fisico-químicos en alimentos y productos de origen animal.
Debe decir:
* Estudiar y determinar la presencia de residuos biológicos
microorganismos y análisis y físico-químicos en alimentos y productos de
origen animal.

Artículo 2

 Modifícase el Decreto Nº 24/998 de 28 de enero de 1998 en cuanto a los
cargos y funciones contratadas declarados excedentes, en el siguiente
sentido:
Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría"
En la Nómina de puestos de trabajo correspondientes a declaraciones de
excedencias y retiros incentivados (Ley 16.736)
Donde dice:
ART.  CANT. ESCALAFON GRADO    DENOMINACION          SERIE

723    1      A        15      Coordinador I         Agronomía
723    1      B        10      Técnico V             Administración
723    1      C        12      Jefe de Departamento  Administrativo
723    2      C        08      Administrativo I      Administrativo
723    1      F        06      Auxiliar I            Servicios
723    1      R        12      Asesor IV             Análisis y Prog.
724    1      B        10      Técnico V             Agronomía
724    1      D        08      Especialista VI       Agronomía
724    1      R        10      Asesor VI             Operación
Debe decir:
ART.  CANT. ESCALAFON GRADO    DENOMINACION          SERIE

724    1      A        15      Coordinador I         Agronomía
724    1      B        10      Técnico V             Administración
724    1      C        12      Director de División  Administrativo
723    1      C        08      Administrativo I      Administrativo
724    1      F        06      Auxiliar I            Servicios
723    1      R        12      Asesor IV             Operación
723    1      B        10      Técnico V             Agronomía
723    1      D        08      Especialista VI       Agronomía
723    1      R        10      Asesor VI             Operación

Unidad Ejecutora 003 "Dirección General de Recursos Naturales
Renovables"
En la Nómina de puestos de trabajo correspondientes a declaraciones de
excedencias y retiros incentivados (Ley 16.736)
Donde dice:
ART.  CANT. ESCALAFON GRADO    DENOMINACION          SERIE

32     1      A        14      Subjefe Departamento  Agronomía
723    1      A        14      Subjefe Departamento  Agronomía
723    1      F        05      Auxiliar II           Servicios
724    1      B        10      Técnico V             Agronomía
724    1      E        06      Oficial II            Chofer
Debe decir:
ART. CANT. ESCALAFON GRADO     DENOMINACION           SERIE

32    1       A        14      Sub Director División  Agronomía
724   1       A        14      Subjefe Departamento   Agronomía
724   1       F        05      Auxiliar II            Servicios
723   1       B        10      Técnico V              Agronomía
723   1       E        06      Oficial II             Chofer

Unidad Ejecutora 004 "Dirección General de Servicios Agrícolas"
En la Nómina de puestos de trabajo correspondientes a declaraciones de
excedencias y retiros incentivados (Ley 16.736)
Donde dice:
ART. CANT. ESCALAFON GRADO     DENOMINACION           SERIE
32    1       A        13      Jefe de Sección        Agronomía
723   1       B        15      Director de División   Aviación
723   1       E        06      Oficial II             Oficios
723   1       E        08      Capataz II             Oficios
724   1       C        10      Jefe de Sección        Administrativo
724   1       E        05      Oficial III            Chofer
724   1       E        05      Oficial III            Chofer
724   1       F        05      Auxiliar II            Servicios
724   1       F        05      Auxiliar II            Servicios
724   1       F        05      Auxiliar II            Servicios
Debe decir:
ART. CANT. ESCALAFON GRADO     DENOMINACION           SERIE
32    1       A        13      Jefe de Departamento   Agronomía
724   1       B        15      Director de División   Aviación
724   1       E        06      Oficial II             Oficios
724   1       E        08      Capataz II             Oficios
723   1       C        10      Jefe de Sección        Administrativo
723   1       E        05      Oficial III            Chofer
723   1       E        05      Oficial III            Chofer
723   1       F        05      Auxiliar II            Servicios
723   1       F        05      Auxiliar II            Servicios
723   1       F        05      Auxiliar II            Servicios

Unidad Ejecutora 005 "Dirección General de Servicios Ganaderos"
En la Nómina de puestos de trabajo correspondientes a declaraciones de
excedencias y retiros incentivados (Ley 16.736)
Donde dice:
ART. CANT. ESCALAFON GRADO     DENOMINACION           SERIE

723   2       A        12      Asesor IV              Veterinaria
723   1       B        10      Técnico V              Veterinaria
723   1       D        05      Especialista IX        Inspección
723   1       D        05      Especialista IX        Inspección
723   1       D        05      Especialista IX        Inspección
723   1       D        05      Especialista IX        Inspección
723   1       D        05      Especialista IX        Inspección
723   1       D        06      Especialista VIII      Inspección
723   1       D        06      Especalista VIII       Veterinaria
724   1       C        05      Administrativo IV      Administrativo
724   1       D        05      Especialista IX        Veterinaria
724   1       D        05      Especialista IX        Veterinaria
724   1       D        05      Especialista IX        Laboratorio
724   1       D        05      Especialista IX        Laboratorio
724   1       D        05      Especialista IX        Laboratorio
724   1       D        06      Especialista VIII      Laboratorio
724   1       D        07      Especialista VII       Veterinaria
724   1       F        05      Auxiliar II            Servicios
724   1       F        06      Auxiliar I             Servicios
Debe decir:
ART. CANT. ESCALAFON GRADO     DENOMINACION           SERIE
724   1       A        12      Asesor IV              Veterinaria
724   1       B        10      Técnico V              Veterinaria
724   1       D        05      Especialista IX        Inspección
724   1       D        05      Especialista IX        Inspección
724   1       D        05      Especialista IX        Inspección
724   1       D        05      Especialista IX        Inspección
724   1       D        05      Especialista IX        Inspección
724   1       D        06      Especialista VIII      Veterinaria
724   1       D        06      Especialista VIII      Veterinaria
723   1       C        05      Administrativo IV      Administrativo
723   1       D        05      Especialista IX        Veterinaria
723   1       D        05      Especialista IX        Digitación
723   1       D        05      Especialista IX        Laboratorio
723   1       D        05      Especialista IX        Laboratorio
723   1       D        05      Especialista IX        Laboratorio
723   1       D        06      Especialista VIII      Laboratorio
723   1       D        07      Especialista VII       Veterinaria
723   1       F        05      Auxiliar II            Servicios
723   1       F        06      Auxiliar I             Servicios

Artículo 3

 Modifícase el Decreto referido, en cuanto a dejar sin efecto las
declaraciones de excedencia de los cargos y funciones contratadas que se
mencionan a continuación:
Unidad Ejecutora 004 "Dirección General de Servicios Agrícolas"
ART. CANT. ESCALAFON GRADO     DENOMINACION           SERIE

723   1       F        05      Auxiliar II            Servicios

Artículo 4

 Modifícase el mencionado Decreto, en cuanto a agregar las declaraciones
de excedencia de los cargos y funciones contratadas que se mencionan a
continuación:
Unidad Ejecutora 004 "Dirección General de Servicios Agrícolas"
ART. CANT. ESCALAFON GRADO     DENOMINACION           SERIE

724   1       E        05      Oficial III            Oficios
Unidad Ejecutora 010 "Dirección Laboratorios Veterinarios"
ART. CANT. ESCALAFON GRADO     DENOMINACION           SERIE

32    1       D        06      Especialista VIII      Inspección
Unidad Ejecutora 014 "Plan Agropecuario"
ART. CANT. ESCALAFON GRADO     DENOMINACION           SERIE

32    1       A        13      Jefe de Departamento   Agronomía
32    1       E        08      Capataz II             Oficios

Artículo 5

 Modifícase el Art. 2º del Decreto mencionado en el Visto en cuanto a la
aprobación del planillado adjunto que es parte integrante de aquel
Decreto, al cual se le han hecho las correcciones que surgen del
planillado que se adjunta al presente Decreto y que forma parte
integrante del mismo.

Artículo 6

 Sustitúyanse los organigramas de las Unidades Ejecutoras 001 "Dirección
General de Secretaría", 002 "Instituto Nacional de Pesca", 003 "Dirección
General de Recursos Naturales Renovables" y 005 "Dirección General de
Servicios Ganaderos" por los que se adjuntan.

Artículo 7

 Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese, publíquese, etc.

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo".

SANGUINETTI - IGNACIO ZORRILLA DE SAN MARTIN - LUIS MOSCA


Recibido por D. O. el 26 de Abril de 1999
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