MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
(Operaciones en trámite). - Las importaciones que se tramiten con posterioridad al 6 de febrero del corriente año, al amparo de las denuncias presentadas hasta esa fecha, se regularán por el régimen de consignación, financiación, seguro de cambio y venta de divisas, vigente con anterioridad al presente decreto.Ayuda