Fecha de Publicación: 20/05/2019
Página: 7
Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 7

   Los bienes no listados en el Anexo pero incluidos en la presente exoneración deberán obtener la declaración de no competitivos de la industria nacional mediante resolución del Ministerio de Industria, Energía y Minería.
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