Fecha de Publicación: 30/03/1993
Página: 695-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Decreto 126/993

Apruébanse los precios de venta para los alcoholes y bebidas que elabora la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland.
(434)

Ministerio de Industria, Energía y Minería
 Ministerio de Economía y Finanzas

                                         Montevideo, 12 de marzo de 1993

   Visto: Que la ANCAP por Oficio de fecha 11 de marzo de 1993 solicita 
la aprobación de nuevos precios de venta para los alcoholes y bebidas que 
se mencionan; 

   Considerando: Los fundamentos que llevaron a dicho Ente a fijar los
nuevos precios que se encuentran detallados en el mencionado oficio;

   Atento: A lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y
lo dispuesto por el inciso f) del Art. 3º) de la Ley Nº 8.764 del 15 de
octubre de 1931, modificado por la Ley Nº 15.312 del 20 de agosto de 
1982; 

   El Presidente de la República 

                            DECRETA:

Artículo 1

   Se aprueban los siguientes precios de venta a partir de la hora cero del día 15 de marzo de 1993 para los alcoholes y bebidas que elabora ANCAP, que se detallan a continuación:

a) BEBIDAS
Caña 40º, bot. 1/1 lt.                             $ 6,53
Grappa 38º, bot. 1/1 lt.                           $ 8,42
Espinillar 43º, bot 1/1 lt.                        $ 10,90
Ron 47,5º, bot. 4/1 lt.                            $ 11,19

  Estos valores no incluyen el Impuesto Específico Interno ni el Impuesto
al Valor Agregado los que se cargarán en factura.
  Los precios fijados incluyen el valor del envase.
  Para la venta en botellas de medio litro o fracción, los precios se
ajustarán de acuerdo con los costos de estas modalidades de venta.
  Para otras modalidades de venta se cargarán los gastos correspondientes.

b) ALCOHOLES POTABLES
Vínico 75º, por litro                               $ 18,63
Rectificado 95º, por litro                          $ 5,26
Extrafino 95º, por litro                            $ 8,29
Vínico Añejado 60º, por litro $ 16,62

  Los precios son para productos a granel o envase de más de 25 litros de
capacidad.
  Para otras formas de entrega se cargarán los gastos correspondientes.
  En la misma forma se procederá en caso de agregarles desnaturalizantes.
  Los precios de estos productos no incluyen el IMESI ni el IVA que se
cargarán en la factura.

c) ALCOHOLES DE FARMACIA
Farmacia 95º, bot. 1 litro                      $ 7,65
Eucaliptado 70º, bot. 1 litro                   $ 5,68

   Los precios de estos productos no incluyen el IMESI ni el IVA, que se 
cargarán en factura. El precio de los alcoholes para farmacia incluye el 
valor del envase. 

d) ALCOHOLES DESNATURALIZADOS
Eucaliptado 70º, por litro                      $ 4,02
Desnaturalizado 87º, por litro                  $ 3,99
Desnaturalizado 95º, por litro                  $ 3,50
Industria Gráfica 95º, por litro                $ 3,33

  Los precios de estos productos no incluyen el IMESI ni el IVA que se
cargarán en la factura.
  Estros precios son para productos a granel o envases de más de 25 
litros de capacidad. 
  Para otras formas de entrega se cargarán los gastos correspondientes.

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese, etc.

LACALLE HERRERA - EDUARDO ACHE - IGNACIO de POSADAS MONTERO.
Ayuda