Fecha de Publicación: 03/02/2016
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 16

   Partidas No limitativas - No tendrán carácter limitativo las partidas autorizadas por concepto de: Tarjetas de Créditos (Objetos 299.008 y 299.009), Gastos por Nuevos Proyectos (Objeto 299.011), Multipagos (redbrou y móvil) (Objeto 299.024),  Gastos por transferencias de Créditos al Fideicomiso  (Objeto 299.027); Contratación de Trabajos Externos (Objeto 299.700); Transferencias Corrientes al Gobierno Central (Objeto 515.000);  Servicio de Deuda - Amortizaciones (Objeto 830.000) y todas las comprendidas en el subgrupo 26 - Tributos, Seguros y comisiones;  en el grupo 6 - Intereses y otros gastos de la deuda; y en el subgrupo 71 - Sentencias Judiciales y Acontecimientos Imprevistos.  
   Cuando en función de las necesidades del Organismo estas partidas sean incrementadas, deberá cursarse la correspondiente comunicación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas de la República. 
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