Fecha de Publicación: 03/02/2016
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 44

   El personal de las categorías TERCERA a SEGUNDA inclusive, percibirá remuneración mensual con ajuste a los grados que se indican de la Escala Patrón Única:

CATEGORIA
ESCALA
GRADO ESCALA PATRÓN   ÚNICA
3ra. A   
43
30
3ra. B   
7
32
2da.      
8
36
A - DISPOSICIONES COMUNES A LAS CLASES DE ADMINISTRACIÓN, SEMITECNICO, DE SERVICIO, DE MAESTRANZA, Y AL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y PERSONAL DE SERVICIO DE LOS SERVICIOS ANEXADOS.
Ayuda