Fecha de Publicación: 25/05/2017
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Artículo 11

   Las etapas de evaluación para los ítems que estén previstos brindar bajo cobertura de los prestadores de salud podrán ingresar al FTM, si cumplen los siguientes requisitos: 
   Para el Anexo A:
   a.   Informe técnico favorable realizado o avalado por el Ministerio
        de Salud Pública. En dicho informe se deberá establecer la
        existencia de evidencia científica suficiente sobre el mayor
        beneficio clinico para el paciente en relación a las alternativas
        existentes. 
   b.   Informe de evaluación económica realizado por el Ministerio de
        Salud Pública, que disponga que existe evidencia suficiente en
        términos de costo efectividad del medicamento cuya inclusión se
        solicita frente a otras alternativas terapéuticas. 
   c.   En caso de corresponder, informe de las fuentes de financiamiento
        a utilizar e impacto presupuestal realizado por el Ministerio de
        Salud Pública, con el aval del Ministerio de Economía y Finanzas,
        que acredite la sostenibilidad financiera de la incorporación de
        dicho medicamento. 
   d.   Informe favorable de la Comisión Asesora del FTM. 
   Para el Anexo B, además de los requisitos mencionados en el Anexo A, será necesario contar con protocolo de cobertura aprobado por el Ministerio de Salud Pública. 
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