Fecha de Publicación: 06/09/1991
Página: 384-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 3

   Cuando se trate de soportes lógicos que no sean nacionales, el
proveedor deberá acreditar fehacientemente la titularidad de los derechos
que negocia con el Estado. 
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