Al evaluar las solicitudes de habilitación, la DGSA tendrá en cuenta,
además del cumplimiento de los requisitos que se establezcan conforme a
lo previsto en el Artículo 18º los siguientes aspectos:
a. La existencia de recursos adecuados, de personal idóneo calificado e
infraestructura administrativa y técnica, así como la experiencia en
material de control y su fiabilidad.
b. La independencia (imparcialidad, objetividad) de la entidad
solicitante respecto de los operadores sujetos a control.
c. El programa de certificación.
d. El compromiso de mantener estricta confidencialidad acerca de los
datos e informaciones obtenidas en el ejercicio de su actividad.