Normas de producción.
La Dirección General de Servicios Agrícolas (DGSA) del Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) a propuesta de la Comisión
Coordinadora indicada en el capítulo VIII, dispondrá las normas
específicas para cada cultivo, en las que se incluirán al menos:
* Tipo y condiciones de material vegetal
* Técnicas culturales, como poda y manejo del suelo y malezas
* Fertilización, indicando cantidades máximas aplicables
* El riego, si procede
* Protección fitosanitaria, indicando los métodos de seguimiento y
evaluación de las diferentes plagas, las técnicas adecuadas para
combatirlas y los plaguicidas autorizados en cada caso.
* Condiciones de cosecha y poscosecha, condiciones de empaque,
clasificación y almacenaje y manipulación del producto.