Fecha de Publicación: 30/04/2002
Página: 207-A
Carilla: 17

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 8

 La Entidad Certificadora no otorgará la certificación en caso de existir 
observaciones en alguna de las etapas del proceso de certificación, que 
supongan la descalificación del producto y/o de la unidad de producción.
Asimismo, emitirá para los productos certificados el rótulo 
correspondiente, conforme a lo previsto en el Artículo 12º.

                               CAPITULO IV                                
                                 Empaque                                  
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