PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Decreto 144/013
Reanúdase el llamado a interesados en obtener autorización para brindar el
servicio de televisión digital abierta comercial con estación transmisora
principal en el departamento de Montevideo, suspendido por Decreto 28/013.
(808*R)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 9 de Mayo de 2013
VISTO: los Decretos 153/012 de 11 de mayo de 2012, 437/012 de 31 de
diciembre de 2012 y 028/013 de 23 de enero de 2013.
RESULTANDO: que el artículo 1° del Decreto 028/013 suspendió
transitoriamente la realización del llamado a interesados en obtener
autorización para brindar el servicio de televisión digital abierta
comercial con estación transmisora principal en el Departamento de
Montevideo dispuesto por el artículo 8° del Decreto 153/012 y cuyo Pliego
de Condiciones se aprobó por el artículo 3° del Decreto 437/012.
CONSIDERANDO: I) que corresponde continuar con el Llamado, estableciendo
una nueva fecha límite para la presentación de las propuestas;
II) que el referido Pliego, recogiendo los criterios establecidos en el
Decreto 153/012 de 11 de mayo de 2012, establece como requisito para los
interesados la realización de un depósito de garantía de mantenimiento de
interés;
III) que dicho Decreto 153/012, en el numeral V) del artículo 8, determinó
que el importe del depósito de garantía de mantenimiento de interés debe
ser fijado por el Poder Ejecutivo, y por tanto corresponde establecer su
valor;
IV) que con el objetivo de lograr la más amplia concurrencia, resulta
conveniente modificar el Pliego de Condiciones para facilitar la
presentación en forma de consorcios;
V) que, así mismo, resulta conveniente aclarar la información a
suministrar en caso de utilizar infraestructura de transmisión de un
tercero;
VI) que según lo informado por la Dirección Nacional de Telecomunicaciones
y Servicios de Comunicación Audiovisual del Ministerio de Industria,
Energía y Minería, en base al resultado de una consultoría internacional
contratada a tales efectos, es aconsejable una apertura gradual en el
sector comercial y por tanto conviene acotar la cantidad de nuevos actores
en la etapa inicial.
ATENTO: a lo expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Reanudar el llamado a interesados en obtener autorización para brindar el
servicio de televisión digital abierta comercial con estación transmisora
principal en el Departamento de Montevideo suspendido por el Decreto
028/013 de 23 de enero de 2013.