Fecha de Publicación: 24/06/1998
Página: 484-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 2

El proyecto de desarrollo será realizado por el Servicio de Material y
Armamento sobre la base de la contratación de servicios y/o  de obras con
oferentes privados interesados en identificar sus propuestas de ofertas y
de financiarlas mediante modalidades relacionadas con la producción y/o
venta resultante de la aplicación en la planta PESMA de la nueva
tecnología y de la incorporación de los equipos necesarios. El interés de
la Administración en la contratación  quedará determinado en la solvencia
y calidad técnica de las ofertas y de los oferentes así como que existan
razonables evidencias que con dichos contratos se podrá obtener una
producción de explosivos y accesorios en condiciones competitivas y,
subsidiariamente, puedan resultar ingresos extra presupuestales que 
puedan ser aplicables a gastos necesarios para el Ejército Nacional.-
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