Características de los cursos.- Los cursos que se realicen deberán ser:
a) Afines a los intereses de la empresa.
b) Dictados por instituciones públicas o privadas con personería
jurídica cuya capacidad profesional en educación empresarial sea
reconocida en plaza.
c) Cursos orientados a la tarea que el dependiente esté realizando o
que vaya a realizar en la empresa. A estos efectos no se
consideran dependientes los directores de sociedades anónimas.