Fecha de Publicación: 04/05/2007
Página: 141-A
Carilla: 19

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 54

 Cofinanciación.- En caso de que los gastos sean cofinanciados, la resolución deberá establecer el monto máximo de gastos que corresponda a cada cofinanciador en el total de los gastos.
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