Decreto 151/995
Constitúyese el centro de enlace del país con la Conferencia Técnica
Internacional de Recursos Fitogenéticos a través de la dependencia
técnica que corresponda del Ministerio de Ganadería, Agricultura y
Pesca.
(833*R)
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
Ministerio de Relaciones Exteriores
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente
Montevideo, 6 de abril de 1995
Visto: la resolución Nº 7/93 adoptada por la Conferencia de la
Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la
Alimentación (FAO), en su 27º período de sesiones, celebrado en Roma en
noviembre de 1993, en el cual se aprobó por unanimidad la revisión del
Compromiso Internacional de Recursos Fitogenéticos;
Resultando: I) para llevar a cabo la citada revisión se estableció
que debía efectuarse un proceso gradual preparatorio que culmine con la
realización de la 4ª Conferencia Técnica Internacional de Recursos
Fitogenéticos (CIRCUF), en la que también se prepararía el Plan de
Acción Mundial para la Conservación y la Utilización Sostenible de los
Recursos Fitogenéticos;
II) la República Oriental del Uruguay es miembro de la FAO, de la
Comisión Intergubernamental de Recursos Genéticos y es signataria del
Convenio sobre la Diversidad Biológica;
III) la FAO, en su carácter de organización de las Naciones Unidas,
constituye el mayor Foro Internacional sobre Recursos Fitogenéticos, y
la 4ª Conferencia Técnica Internacional de Recursos Fitogenéticos
(CIRCUF), el ámbito apropiado para lograr un compromiso general respecto
de las medidas científicas destinadas a garantizar tanto la conservación
segura como la utilización sostenible y equitativa de los recursos
fitogenéticos en los que se basan los sistemas alimentarios y
agropecuarios mundiales;
IV) a efectos de lograr una efectiva preparación de la 4ª Conferencia
Técnica Internacional, la Dirección General de la FAO ha solicitado a
los distintos Estados participantes, la designación de un centro de
enlace para la CIRCUF, la creación de un Comité Nacional donde estén
representados grupos interesados en el tema, la preparación y
presentación de un delegado que actúe como contacto principal con la FAO
durante el desarrollo de la 4ª Conferencia;
Considerando: I) necesario velar por la conservación y utilización
sostenible de los recursos genéticos;
II) de importancia para el país participar activamente en la
preparación de la 4ª Conferencia Técnica Internacional de Recursos
Fitogenéticos, a cuyos efectos corresponde instrumentar los mecanismos
institucionales necesarios;
Atento: a lo precedentemente expuesto,
El Presidente de la República
DECRETA:
El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a través de la
dependencia técnica que corresponda, se constituirá en el centro de
enlace del país con la Conferencia Técnica Internacional de Recursos
Fitogenéticos.
Créase el Comité Nacional sobre Recursos Fitogenéticos, el cual estará
integrado por un representante del Ministerio de Ganadería, Agricultura y
Pesca, que lo presidirá; un representante del Ministerio de Relaciones
Exteriores; un representante del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente; un representante de la Universidad de la
República, y uno del Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria,
con el cometido de asesorar al Poder Ejecutivo en la elaboración de un
Informe Nacional sobre Recursos Fitogenéticos.